Archivo de la etiqueta: EBay

¿Qué responsabilidad tiene eBay por los delitos que se cometen en su mercado electrónico?

EBay es un mercado electrónico que sirve de punto de encuentro para vendedores y compradores, los primeros pueden poner productos a la venta de una forma casi gratuita mientras que los segundos pueden adquirir cualquier producto de los ofertados en la web. La cantidad en el número de ofertas de artículos es abrumadora e incontrolable y, como parece obvio, la interactividad entre los participantes del mercado va a implicar la existencia de comportamientos ilícitos entre los distintos usuarios que utilizan la web.

Entre los problemas más habituales se pueden encontrar: estafas de los vendedores, compradores que no pagan, personas que utilizan un lenguaje inadecuado, subastas reventadas o las “tiendas” que venden productos falsificados o material pirata.

¿Qué responsabilidad tiene eBay en todas estas situaciones? ¿Responsabilidad “in vigilando”? Parece lógico pensar que como eBay se lucra con la venta de todos los productos que se ofertan en su web, sean legales o ilegales, también debería afrontar la responsabilidad de las actuaciones ilícitas que se lleven a cabo a través de su web. Sin embargo, el art. 16 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del comercio electrónico del año 2002, establece una regla de exclusión de responsabilidad para los prestadores de servicios de intermediación que realicen la actividad de alojamiento de datos a petición de sus usuarios en la sociedad de la información. Esta es la actividad que lleva a cabo eBay en sus servidores, su actividad consiste en alojar las ofertas (datos en sentido estricto) procedentes de sus usuarios y mediante procedimientos automáticos mostrar las mismas a los compradores, que puedan adquirir lo que quieran.

Dicha exclusión es operativa respecto de los prestadores de servicios que realicen tareas de intermediación meramente técnicas, automáticas y pasivas, que no tengan conocimiento ni control sobre el contenido que alojan. Si actúan jugando ese rol “pasivo” respecto del contenido, además, tienen que carecer de conocimiento efectivo sobre cualquier ilicitud que se esté cometiendo a través de su plataforma, si en cualquier momento adquiriera tal conocimiento estaría obligado a retirar dicho contenido, con el riesgo de que si no lo hace con prontitud dicha cláusula de limitación de responsabilidad no le resultaría aplicable.

EBay alega que actúa como intermediario para exonerarse de responsabilidad pero, ¿Qué pasa con el vendedor? El vendedor actúa como proveedor del contenido, facilitando las ofertas y los productos y su responsabilidad se ajustará a lo que las reglas generales de responsabilidad prevean al caso (código civil, código penal, ley de garantías, contratos a distancia, publicidad, protección de consumidores…).

¿Es adecuada esta exclusión de responsabilidad de determinadas actividades en Internet? Dicha regla tiene muchos inconvenientes, sin embargo, resulta básica para el funcionamiento de Internet tal y como lo conocemos.

Publicación original en la web www.queaprendemoshoy.com el día 26 de septiembre de 2014.